A++
A--

Noticias institucionales años anteriores | Sepa cómo cobrar sus excedentes por Créditos Sociales

Cobrar sus excedentes

Queremos comunicar una buena noticia a todos nuestros trabajadores y pensionados afiliados. Los Héroes ha implementado un acceso directo y expedito a disposición de sus beneficiarios para la devolución de los excedentes por pago de créditos sociales.

Desde:  

Los pagos en exceso de crédito social se generan debido la naturaleza misma de la operatoria de descuento por parte del empleador y el desfase normal que existe en la remesa de estos fondos a las Cajas de Compensación. Por lo mismo, el proceso de devolución de excesos es un proceso regulado por la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) y es parte de la operatoria habitual que tienen las Cajas de Compensación.

Para facilitar el proceso de devolución, Los Héroes ha sido proactivo en informar públicamente los pagos disponibles a sus afiliados, a través de nuestra web, sucursales, call center y publicaciones en medios de prensa.

Para saber si la persona tiene un monto a su favor debe revisar en cada una de las Cajas de Compensación a las que ha estado afiliada en los últimos años y no necesariamente tiene que estar afiliada actualmente.

Según informaron las autoridades del Ministerio del Trabajo y de la Superintendencia de Seguridad Social, el monto total de estos excedentes es $8.500 millones, que beneficiarán a 250 mil personas, quienes recibirán en promedio $34 mil.

¿Cómo saber si tengo excedentes disponibles?
Puede ingresar a www.suseso.cl o www.mintrab.gob.cl o directamente en la página web de la Caja de Compensación que corresponda.

En el caso de Los Héroes puede consultar aquí, o ingresando al banner “Pagos en exceso” que se encuentra en la columna del costado derecho del sitio.
Ver ejemplo aquí

¿Por qué se producen estos excedentes?
Estos excedentes se generan principalmente debido a errores o duplicaciones en el pago del crédito social, tanto por parte de entidades empleadoras como de los deudores de créditos sociales y son situaciones inherentes al proceso de recaudación de los créditos sociales.
Según explicó la Supertintencia de Seguridad Social, ya que el pago es vía descuento por planilla, situaciones como pagos por ventanilla o errores en los descuentos en el finiquito por parte de los empleadores, entre otros, son situaciones que generan pagos en exceso.

¿Cómo puedo cobrar este dinero?
Para cobrar estos excedentes, la persona debe acudir a la sucursal de la Caja de Compensación que corresponda, con su CI, puede pedir que la devolución se realice en efectivo, cheque nominativo o depósito en cuenta que se indique, en un máximo de 5 días hábiles contados desde la fecha que se solicita la devolución. El dinero estará disponible por 5 años.

¿Qué pasa si la persona no puede acudir a una sucursal?
En caso de no poder concurrir, puede entregar un poder simple (con firma y huella digital) indicando cómo se solicita la devolución a través de un tercero, quien debe presentar su CI.
Qué pasa si no se cobra el dinero disponible?
Los beneficiarios tienen un plazo de 5 años para acudir a los excedentes.

¿Qué ocurre si la persona que tiene estos excedentes ha fallecido?
En estos casos opera la ley de herencias.

footer 6